
Martes 3 de junio de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 47
CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la
Comisión Nacional del Agua, y el Estado de Yucatán, con el objeto de conjuntar acciones para la ejecución de los
programas hidroagrícolas a cargo de dicha Comisión, con los comprendidos en el Programa Alianza para el
Campo, para realizar un programa integral para la producción agrícola en la entidad y fomentar el desarrollo
regional.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO
DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A TRAVES DE LA COMISION NACIONAL DEL
AGUA, EN LO SUCESIVO “LA CNA”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. JOSE LUIS LUEGE TAMARGO; Y POR
LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE YUCATAN, EN LO SUCESIVO “EL ESTADO”, REPRESENTADO POR LOS
CC. IVONNE ARACELLY ORTEGA PACHECO, ROLANDO RODRIGO ZAPATA BELLO Y ALEJANDRO RAFAEL
MENENDEZ BOJORQUEZ, EN SU CARACTER DE GOBERNADORA CONSTITUCIONAL, SECRETARIO GENERAL DE
GOBIERNO Y SECRETARIO DE DESARROLLO RURAL Y PESCA, RESPECTIVAMENTE, CON EL OBJETO DE
CONJUNTAR ACCIONES PARA LA EJECUCION DE LOS PROGRAMAS HIDROAGRICOLAS A CARGO DE LA
COMISION NACIONAL DEL AGUA, CON LOS COMPRENDIDOS EN EL PROGRAMA “ALIANZA PARA EL CAMPO”, A
CARGO DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION,
PARA REALIZAR UN PROGRAMA INTEGRAL PARA LA PRODUCCION AGRICOLA EN LA ENTIDAD Y FOMENTAR EL
DESARROLLO REGIONAL, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1. El Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las
formalidades que en cada caso proceda, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos
gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo; coadyuven, en el ámbito de sus
respectivas jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las
acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta. En todos los
casos se deberá considerar la participación que corresponda a los municipios.
2. “LA CNA” fungirá en este Convenio con las atribuciones que tiene respecto de las aguas nacionales,
conforme a lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por la Ley
de Aguas Nacionales y su Reglamento. Entre las facultades que le son propias a “LA CNA” están las
de ejercer las atribuciones que le correspondan en materia hídrica y constituirse como Organo
Superior con carácter técnico, normativo y consultivo de la Federación, en materia de gestión
integrada de los recursos hídricos.
Asimismo, el de promover en el ámbito nacional el uso eficiente del agua y su conservación en todas
las fases del ciclo hidrológico, e impulsar el desarrollo de una cultura del agua que considera a este
elemento como recurso vital, escaso y de alto valor económico, social y ambiental, y que contribuya a
lograr la gestión integrada de los recursos hídricos.
De igual forma “LA CNA” bajo el principio que sustenta la política hídrica nacional, en virtud de que el
agua es un bien de dominio público federal, vital, económico, ambiental y finito, cuya preservación en
cantidad, y calidad y sustentabilidad es tarea fundamental del Estado y de la sociedad, así como de
prioridad y seguridad nacional.
3. En este sentido, “LA CNA” y la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, en
la actualidad Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, firmaron
el 10 de febrero de 1997, un Acuerdo para conjuntar y hacer compatibles los Programas
Hidroagrícolas que tiene a su cargo “LA CNA” con los del programa “Alianza para el Campo” de esa
Secretaría.
4. Los ejecutivos Federal y del Gobierno del Estado de Yucatán han acordado actuar en forma conjunta
y coordinada con el objeto de avanzar con mayor celeridad en el mejoramiento de las condiciones
ecológicas, sanitarias y de aprovechamiento del agua, así como prestar pronta atención a las
demandas de la población. Para ello es su intención que “EL ESTADO” participe activamente en
programas que realiza “LA CNA” dentro del marco del federalismo.
5. “LA CNA” concertará con los usuarios en el ámbito del Consejo de Cuenca de la Península de
Yucatán, las posibles limitaciones temporales a los derechos existentes para enfrentar situaciones
de emergencia, escasez extrema, sobreexplotación o reserva. En estos casos tendrá prioridad el uso
doméstico. En este contexto, el Consejo de Cuenca apoyará las acciones que se acuerden en el
presente instrumento.
6. El proceso de descentralización de los programas y acciones, consiste en que “EL ESTADO” y
usuarios ejecuten aquéllos siempre y cuando no invadan la competencia de la autoridad federal en
materia de aguas nacionales.
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