Sharp QT-CD210H(BL) Manual do Utilizador Página 201

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Martes 3 de junio de 2008 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 9
4. No podrán participar las empresas que se ubiquen dentro de los supuestos señalados en el artículo 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas.
5. No podrán participar las empresas que se ubiquen dentro de los supuestos de la fracción XX del artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos.
B) Financieros:
6. Las empresas deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, en observancia con el artículo 32-D del Código Fiscal de la
Federación, de las contenidas en el numeral 2.1.16 de la resolución miscelánea fiscal para 2007, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 25 de
abril de 2007.
7. El capital contable mínimo requerido será comprobado, mediante estados financieros dictaminados y auditados por contador público externo al 31 de
diciembre de 2007, o, los actualizados en fecha posterior; o bien, mediante la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta del último ejercicio fiscal.
Asimismo, deberán presentar los estados financieros auditados de los dos años anteriores y el comparativo de razones financieras básicas, salvo en los
casos de empresas de reciente creación, las cuales deberán presentar los más actualizados a la fecha de presentación de la propuesta.
C) Técnicos:
8. Documentación que acredite la capacidad técnica de la persona moral o física interesada en la ejecución de los trabajos (currículum vítae).
9. Relación de contratos en vigor celebrados con la Administración Pública Federal, Estatal y/o con particulares, con los que acredite la experiencia y capacidad
técnica de este tipo de trabajos, anotando el nombre o denominación de la contratante, descripción de las obras, importes totales, importes ejercidos o por
ejercer y las fechas de terminaciones según sea el caso.
El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las bases, así como la comprobación de que algún licitante acordó con otro u otros elevar los
costos de los trabajos, o cualquier otro acuerdo sobre los demás limitantes, será causa de descalificación.
D) Información general y criterios para la adjudicación del contrato:
1. Por la naturaleza misma de los trabajos, no se requiere visita previa al sitio de realización de los mismos.
2. A efecto de dar una respuesta adecuada y oportuna se sugiere a los licitantes presentar sus preguntas por escrito y en archivo electrónico con 24 horas de
anticipación a la junta de aclaraciones.
3. No se otorgará ningún anticipo para el inicio de los trabajos. Los pagos se efectuarán al finalizar cada actividad principal, conforme a las fechas pactadas.
4. Las proposiciones deberán presentarse en idioma español y la moneda en que deberán cotizarse las proposiciones es el peso mexicano.
5. Los fondos para cubrir el importe de los trabajos motivo de esta licitación fueron autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y liberados por
la C. Oficial Mayor de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes mediante oficio número 5.SC.LI.08.-004 de fecha 1 de febrero de 2008.
6. La convocante, con base en el análisis comparativo de las proposiciones, adjudicará el contrato al licitante que reúna las condiciones legales, técnicas y
económicas requeridas y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. En caso de que dos o más proposiciones sean
solventes y cumplan con lo requerido en las bases, el contrato se adjudicará al licitante cuya calificación ponderada sea la más alta, en caso de empate se le
otorgará a la propuesta económica más baja.
7. Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación y en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
8. En caso que el licitante a quien se hubiera adjudicado el contrato no lo firme por causas imputables al mismo, será sancionado de acuerdo a lo establecido
en los artículos 77 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y la dependencia procederá a adjudicar el contrato al licitante
que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja, siempre y cuando la diferencia en precio con el primer lugar no rebase el 10%.
9. El contrato será a precio unitario y tiempo determinado. No se podrá subcontratar ninguna de las partes de los trabajos.
MEXICO, D.F., A 3 JUNIO DE 2008.
DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO
ING. JOSE SAN MARTIN ROMERO
RUBRICA.
(R.- 268665)
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