Sharp QT-CD210H(BL) Manual do Utilizador Página 175

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Martes 3 de junio de 2008 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 79
las oficinas que ocupa esta Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de
Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda, ubicada en avenida Paseo de la Reforma
número 75, planta baja, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06300, México, Distrito
Federal, lugar en donde se ponen a su disposición las constancias conducentes al citado aseguramiento;
asimismo, se les apercibe que en caso de no manifestar lo que a su derecho convenga en el plazo de noventa
días naturales, que señala el artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, a partir de la
presente notificación, dichos bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 23 de abril de 2008.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
Lic. Javier Alvarez Flores
Rúbrica.
(R.- 268321)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales
Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial
Dirección de Delitos contra los Derechos de Autor “B”
Mesa III
NOTIFICACION
C. PROPIETARIOS O ARRENDATARIOS DE LOS INMUEBLES UBICADOS EN CALLE FRAY
BARTOLOME DE LAS CASAS NUMERO 10, COLONIA MORELOS, DELEGACION CUAUHTEMOC DE
ESTA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL Y CALLE TENOCHTITLAN NUMERO 88, COLONIA
MORELOS, DELEGACION CUAUHTEMOC DE ESTA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL.
En cumplimiento al acuerdo ministerial dictado dentro de la averiguación previa 034/FEDPII/2003, instruida
en la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial
de la Procuraduría General de la República, por el delito previsto en el artículo 424 Bis fracción I del Código
Penal Federal y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 y 102 apartado “A” de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 180, 182, 182 A, 182 B fracción II,
206 y demás relativos y aplicables del Código Federal de Procedimientos Penales; 4o. fracción I, Apartado A)
incisos a), c), e) de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, 1o., 2o. y 29 de su
Reglamento, se le notifica el legal aseguramiento que realizó esta Representación Social de la
Federación de los bienes de su propiedad de fecha seis de mayo del año dos mil tres, consistentes en:
1.- 80,000 (ochenta mil) fonogramas en formato de disco compacto de diferentes títulos y casas productoras,
2.- 20,000 (veinte mil) fonogramas en formato de audiocasete de diferentes títulos y casas productoras,
3.- 3,350,000 (tres millones trescientos cincuenta mil) portadillas de diferentes títulos; por tratarse de objetos
de delito. Lo anterior para que manifieste lo que a su derecho convenga, en términos de lo dispuesto por el
artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, por lo que transcurrido el término de noventa
días naturales siguientes al de la notificación, los bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal.
Asimismo quedan a su disposición en esta mesa instructora todas y cada una de las constancias por las que
se motiva el acuerdo ministerial a que se hace referencia, en las oficinas ubicadas en avenida Insurgentes Sur
235, colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06700, México, Distrito Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
20 de mayo de 2008.
El C. Agente del Ministerio Público de la Federación
Titular de la Mesa III-DDA “B”
Lic. Alberto Díaz Sauceda
Rúbrica.
Testigos de Asistencia
Lic. Rodolfo Meza Mendoza C. Alfredo Ortiz García
Rúbrica. Rúbrica.
(R.- 268326)
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