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Martes 3 de junio de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 19
Con base en lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 74, 75, 75, 77, 79 y demás
aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en su Reglamento; 17, 24, 29,
32, 39 y 43 de la Ley General de Desarrollo Social, y en su Reglamento; 7 y demás aplicables de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1 y 26 del Decreto de
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 13 de diciembre de 2007; en los artículos 6 fracciones V y VI, 17 fracción VI, 22 fracción VII, 24
fracción VII, 25, 33 fracción III, 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo
Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 19 de julio de 2004 y reformado por decreto
publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 11 de julio de 2006; en las Reglas de Operación de los
Programas de Desarrollo Social y Humano del Ramo Administrativo 20 “Desarrollo Social” vigentes y los
Lineamientos aplicables a los mismos, así como en lo previsto por los artículos 82 y 84 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 3, 13, 31, 33, 35, 43 y 44 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; 2, 3, 4, 5, 7 y 8 de la Ley de Planeación del Estado y
Municipios de San Luis Potosí, las partes celebran el presente Acuerdo de Coordinación en los términos de
las siguientes:
CLAUSULAS
DEL OBJETO
PRIMERA. La SEDESOL y el ESTADO celebran el presente Acuerdo de Coordinación que tiene por
objeto la distribución y ejercicio de recursos de diversos Programas de Desarrollo Social y Humano del Ramo
Administrativo 20 “Desarrollo Social”.
DE LA CONCURRENCIA Y ARTICULACION DE ESFUERZOS EN TERRITORIOS ESPECIFICOS
SEGUNDA. La SEDESOL y el ESTADO promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de
concurrencia y articulación de esfuerzos con el fin de propiciar el desarrollo de los territorios de la entidad con
menor desarrollo y mayor pobreza, a partir de la provisión de infraestructura social básica y los servicios
esenciales, así como el desarrollo de capacidades básicas, la atención a los grupos vulnerables y el bienestar
de los habitantes de estas zonas.
En apego al mandato de la Ley General de Desarrollo Social, se reconocen en el país regiones o áreas
cuyos niveles de rezago estructural, tanto en pobreza como marginación, ameritan la focalización de
programas y acciones e intervenciones específicas, dando prioridad a los municipios de muy alta y alta
marginación.
Conforme a la Ley General de Desarrollo Social, las acciones estarán dirigidas a la atención de las zonas,
regiones o localidades cuya población registra índices de pobreza o marginación indicativos de la existencia
de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social.
COMPROMISOS PRESUPUESTARIOS DE LA SEDESOL
TERCERA. La SEDESOL destinará recursos presupuestarios federales del Ramo Administrativo 20
“Desarrollo Social” previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio
Fiscal 2008, conforme a lo establecido en el artículo 26 de dicho ordenamiento, por la cantidad total de
$133,468,534.00 (ciento treinta y tres millones cuatrocientos sesenta y ocho mil quinientos treinta y cuatro
pesos 00/100 M.N.) provenientes de su Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2008, en los
programas federales acordados mediante la estructura financiera y programática descrita en el Anexo 1
mismo que forma parte del presente Acuerdo de Coordinación.
Dichos recursos serán destinados a los Programas de Desarrollo Social y Humano del Ramo
Administrativo 20 “Desarrollo Social”.
CUARTA. Los recursos federales que se destinarán al ESTADO en los términos del presente Acuerdo de
Coordinación, no pierden su carácter federal y estarán sujetos a la disponibilidad del Presupuesto de Egresos
de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.
Los recursos federales señalados en la cláusula tercera de este Acuerdo de Coordinación no incluyen
gastos de operación de la SEDESOL.
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